Tramitación del expediente de nacionalidad

El extranjero que desee adquirir la nacionalidad española reuniendo los requisitos deberá presentar su solicitud ante el encargado del Registro Civil cuyas oficinas se encuentran en los Palacios de Justicia del lugar de su domicilio acompañando todos los documentos necesarios.

Una vez en el Registro Civil se confeccionará el expediente administrativo y se remitirá al Ministerio de Justicia que es el órgano que concederá o denegará la nacionalidad. Contra la resolución administrativa denegando la nacionalidad el extranjero puede interponer recurso ante los tribunales ordinarios.

En el caso de que se conceda la nacionalidad española esta persona tendrá los mismos derechos y obligaciones que cualquier ciudadano español de origen.

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