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¿Puedo acogerme a algún tipo de permiso por una operación de mi padre que no requiere posterior hospitalización?

No. El permiso por hospitalización requiere eso, hospitalización. De hecho según Real Decreto 63/95 de 20 de enero y la Orden Ministerial de 6 de septiembre de 1994, se considera hospitalización “la asistencia especializada que incluya la asistencia médica, quirúrgica, obstétrica y pediátrica para procesos agudos, reagudización de procesos crónicos o realización de tratamiento o procedimientos diagnosticados que así lo aconsejen; excluyéndose la asistencia ambulatoria en centro hospitalario, requiriéndose el doble condicionamiento de pernocta y una comida principal (almuerzo o cena), excluyéndose de esta definición las sesiones de diálisis”.

Por lo que comentas no parece ser el caso de tu padre ya que no va a quedar ingresado tras su operación así que no te correspondería ese permiso.

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¿Qué es el permiso de paternidad?

El permiso de paternidad entró en vigor el 24 de marzo de 2007 tras la aprobación de la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Este permiso es personal y exclusivo del padre, y consiste en la suspensión del contrato de trabajo durante 13 días durante los cuales su salario será abonado por la Seguridad Social. Estos 13 días comienzan a contar una vez transcurra la licencia por nacimiento del hijo, licencia que podrá ser de 2, 3 ó 4 días dependiendo del Convenio Colectivo al que esté sujeto.En el caso de que nazca más de un bebé se añadirán dos días más por cada hijo adicional a partir del primero.

Los salarios del permiso de paternidad se repartirán a cuenta de la empresa para los días ya contemplados previamente como días de licencia por nacimiento, y a cuenta de la Seguridad Social para los 13 días extra del permiso de paternidad.

El permiso de paternidad no sólo incluye la paternidad biológica sino también el acogimiento y la adopción.

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Me caso el último sábado de enero y tengo dudas sobre los quince días de licencia que me corresponden. ¿Son quince días normales o sólo cuentan los laborables?

Los quince días de licencia por matrimonio son naturales, es decir, incluyen laborables y festivos. Sin embargo si el día en que se celebra el matrimonio es un día no laborable en tu empresa el cómputo se iniciará el primer día laborable. Esto significa que si te casas un sábado o un domingo y para la empresa en la que trabajas esos días no son laborables los quince días empezarán a contar a partir del lunes.

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