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Incumplimiento de la obligación de abonar la pensión de alimentos de los hijos

En el caso de que un cónyuge incumpla la obligación de abonar la pensión alimenticia a los hijos se puede acudir a los tribunales. Existe un procedimiento ejecutivo a fin de que se abone esa pensión de alimentos que ha sido reconocida en una sentencia o en un convenio ratificado judicialmente. Además el Código Penal contempla pena de prisión de 3 meses a un año o multa de 6 a 24 meses para aquellas personas que dejasen de pagar dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica a favor de su cónyuge o hijos.

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Qué es la pensión de alimentos

La pensión de alimentos es una ayuda económica que uno de los cónyuges entrega a sus hijos menores. Si los hijos son mayores incapacitados o siguen viviendo en la vivienda familiar y no tienen independencia económica también pueden tener derecho a la pensión de alimentos.

En la pensión de alimentos se incluye todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica. También se incluye la educación del hijo mientras sea menor de edad e incluso cuando haya cumplido la mayoría de edad y no haya terminado los estudios por una causa que no le sea imputable.

La cuantía de los alimentos dependerá de las posibilidades económicas del progenitor y de las necesidades de los hijos. Hay establecidas una tablas estadísticas sobre la cuantía de los alimentos que sirven de orientación a la hora de determinar una pensión alimenticia pero no son de obligado cumplimiento para los tribunales.

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¿Puedo negar a mi pareja el régimen de visitas si deja de pagarme la pensión compensatoria?

Tu pareja sólo puede ser privada de su derecho a visitar a vuestros hijos mediante resolución judicial. Si deja de pagarte la pensión compensatoria el camino correcto es reclamar la pensión vía civil o presentar una denuncia por impago por la vía penal.

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