Prescripción de los delitos

Todos los delitos prescriben:

  • A los 20 años cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de 15 o más años
  • A los 15 cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de 10 años, o prisión por más de 10 y menos de 15 años
  • A los 10 cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de 10
  • A los cinco los demás delitos, excepto los de injuria y calumnia, que prescriben al año
  • En caso de penas compuestas o concurso de infracciones el plazo de prescripción será el que corresponda al delito más grave
  • Los delitos de lesa humanidad y de genocidio y los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado no prescriben nunca excepto los contenidos en el art.614 del Código Penal
  • Los delitos de terrorismo tampoco prescriben si hubieren causado la muerte de una persona
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