Cuál es el régimen económico matrimonial que corresponde a un matrimonio

El régimen económico matrimonial que corresponde a un matrimonio será el señalado en las capitulaciones matrimoniales. Si no hay o no indican nada al respecto será el régimen que corresponda al domicilio común de los cónyuges. Y si no hay domicilio común será el régimen económico matrimonial que rige en el lugar de celebración del matrimonio. Así:

  • En el caso de que sea la legislación común la que rija para los contrayentes el régimen económico matrimonial será el de gananciales
  • En el caso de que sea una legislación foral la que rija para los contrayentes el régimen económico matrimonial podrá ser diferente al de gananciales
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