En el juicio laboral una vez presentada la demanda ante el juzgado de lo social, éste cita al demandante y al demandado, señalando el día y la hora en que se celebrará el juicio, que también es oral y público. Las partes deberán acudir con todas las pruebas que justifiquen sus pretensiones (contratos laborales, hojas de salarios, testigos, peritos, etc.), que se presentarán ante el Juez, quien tras el estudio de todas ellas dictará sentencia.
Si no se está de acuerdo con la sentencia, salvo excepciones, se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia.



