Qué establece el Código Civil en materia de luces y vistas para un edificio
El Código Civil establece con carácter general que en un edificio no se pueden abrir ventanas con vistas rectas, ni balcones u otros voladizos semejantes sobre la finca del vecino si no hay dos metros de distancia entre la pared en que se construyan y la propiedad vecina. Igualmente tampoco pueden tenerse vistas de costado [...] Seguir leyendo → 