Sí. En el caso de que se hayan otorgado capitulaciones matrimoniales hay que registrarlas en el Registro Civil presentando el documento original en que consten las capitulaciones junto con una una fotocopia del mismo.
Sí. En el caso de que se hayan otorgado capitulaciones matrimoniales hay que registrarlas en el Registro Civil presentando el documento original en que consten las capitulaciones junto con una una fotocopia del mismo.